Según el RD 1383/2002, de 20 de Diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil, el CAT son “instalaciones, públicas o privadas, autorizadas para realizar cualquiera de las operaciones de tratamiento de los vehículos al final de su vida útil. Dichos centros garantizarán la reutilización, reciclado y valorización del vehículo, bien por si mismos o a través de otros centros de tratamiento”.

¿que debo hacer con mi vehículo si ya no me es útil? todo vehículo al final de su vida útil debe de ser llevado a un centro autorizado de tratamiento, para su posterior descontaminación evitando con ello la contaminación del medio ambiente.
Este proceso se inicia con la entrega del vehículo al centro de tratamiento y la verificación de la documentación necesaria. Una vez hecha la comprobación, el vehículo pasa a la zona de descontaminación, donde nuestros empleados se encargan de retirar todos los elementos contaminantes. A continuación se desmontan y se comprueban todos los materiales que pueden ser reutilizables y reciclables para garantizar su posterior venta, por último el vehículo es fragmentado.

Siendo la satisfacción del cliente nuestro gran objetivo, le tramitamos la baja de su vehículo gratuitamente y le otorgamos el certificado de destrucción en el momento de recogida de este; certificado que garantiza al cliente la baja definitiva del vehículo.
¿que documentación es necesaria para dar de baja un vehículo?
si se trata de persona física:
-documentación del vehículo.
-Ficha técnica.
-Permiso de circulación.
-Dni del titular del vehículo en vigor.
-NO ES NECESARIO el impuesto de circulación.
Si se trata de persona jurídica, persona fallecida extravío de documentación o cualquier otro supuesto que le plantee dudas, contacte con nosotros e intentaremos solucionarle sus dudas.
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